El dominio fiduciario, los embargos en forma de retención y el deudor cedido
DOI:
https://doi.org/10.26439/advocatus2021.n040.5292Palabras clave:
Dominio fiduciario, patrimonio fideicometido, embargo, retención, obligacionesResumen
El dominio fiduciario sobre un patrimonio fideicometido no responde por las deudas que puedan tener el fideicomitente, fiduciario y, deser el caso, fideicomisario frente a terceros. La obligación de retención emitida por medio de una resolución coactiva de embargo en forma de retención no recae sobre los bienes y/o derechos que se encuentran transferidos en dominio fiduciario de forma previa a la efectividad de la misma. La errónea interpretación de las normas tributarias y el desconocimiento de la figura del fideicomiso, no solo debilita la confianza sobre nuestras instituciones sino también pone en riesgo la seguridad del dominio fiduciario sobre un patrimonio autónomo.
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