Afectación de canteras por el Estado para la ejecución de obras de infraestructura y su impacto cuando se produce en concesiones mineras otorgadas a terceros
Resumen
El doctor Tejada realiza un interesante análisis del Decreto Supremo N° 037-96-EM en el cual se establece que, en los casos en que el Estado requiera provisionarse de materiales de construcción -mineral no metálico- en lugares cercanos al desarrollo de la obra de infraestructura, podrá afectar canteras incluso en áreas donde existan concesiones mineras otorgadas, generando como consecuencia de ello; a criterio del autor; incertidumbre en los inversionistas mineros que no contarían con un título de concesión minera oponible a terceros y, se verían afectados por el aprovechamiento de minerales no metálicos dentro de sus concesiones mineras, sin contar con otros factores como los de seguridad, medio ambiente, relacionamiento comunitario, entre otros, por el hecho de que un tercero -Estado o contratista- beneficiado con la afectación se encuentre aparentemente legitimado para ocupar la propia área de operaciones o del mismo proyecto del concesionario minero.