CONVOCATORIA PERMANENTE
LA LEGISLACIÓN MEXICANA COMO
BUCLE HISTÓRICO DE IMPOSICIÓN
DE TENDENCIAS URBANAS
Consideraciones para su adecuación
en la poscrisis sanitaria
MEXICAN LEGISLATION AS A HISTORICAL LOOP
OF IMPOSING URBAN TRENDS
Considerations for adequacy in the health post-crisis
SALVADOR SEVILLA VILLALOBOS
Departamento de Geografía y Ordenación Territorial,
Universidad de Guadalajara, Guadalajara,
Jalisco, México
0000-0002-3320-9164
Recibido: 9 de junio del 2022
Aprobado: 3 de noviembre del 2022
doi: https://doi.org/10.26439/limaq2023.n012.5900
A través de una revisión documental de productos que refieren a la legislación urbana mexicana y a las reconversiones estructurales a lo largo de la historia urbana en este Estado nación, a la par de discusiones con respecto a las tendencias, expectativas y parámetros que institucionalizan a la ciudad posterior a la crisis sanitaria causada por el COVID-19, el presente artículo interpreta estos escenarios como aquellos que presentan las condiciones económicas, políticas y espaciales capaces de llevar a cabo nuevos cambios en los marcos legales. Tras la consideración de la legislación mexicana como bucle histórico de imposición de tendencias descontextualizadas de sus capacidades territoriales, la urbe poscrisis sanitaria se presenta como posibilidad disruptiva de dicho proceso cíclico, toda vez que ofrece la posibilidad de constituir nuevas relaciones geopolíticas que intervendrían en la constitución de nuevos esquemas de desarrollo.
capacidades territoriales, crisis sanitaria, espacio, legislación urbana, urbanización
Through a documentary review of products related to Mexican urban legislation and structural transformations throughout the urban history of this nation, alongside discussions regarding trends, expectations, and parameters that institutionalized the city after the COVID-19 health crisis, this article interprets these scenarios as those that present the economic, political, and spatial conditions capable of bringing about new changes in legal frameworks. After considering Mexican legislation as a historical loop imposing trends detached from its territorial capacities, the post-health crisis city emerges as a disruptive possibility in this cyclical process, offering the opportunity to establish new geopolitical relationships that would impact the creation of new development schemes.
territorial capacities, health crisis, space, urban legislation, urbanization
Este es un artículo de acceso abierto, distribuido bajo los términos de la licencia Creative Commons Attribution 4.0 International (CC BY 4.0).
INTRODUCCIÓN
Aunque pudiera considerarse que el mundo se encuentra en una fase de superación de la pandemia del COVID-19, lo cierto es que sus consecuencias en los contextos socioterritoriales se encuentran apenas en proceso de constitución. La crisis sanitaria antes mencionada no debe ser considerada como un suceso aislado, ya que sus inercias tienen repercusiones sobre las realidades en las que interviene y, al mismo tiempo, entendiendo que son las agencias y estructuras latentes, de dichas realidades, aquellas que permitieron la expansión e influencia de la enfermedad a lo largo del globo.
El presente artículo considera esto y, en un ejercicio reflexivo, plantea una prospectiva respecto a las líneas de intervención que la legislación urbana mexicana debe tomar a medida que la superación de dicha crisis se presente. Para ello, se trabajó bajo el supuesto de que los cambios parlamentarios ocurridos a lo largo de la historia de la gestión pública y la planeación urbana no son sino parte de un bucle1 histórico de cambios estructurales deslocalizados y consecuentes a imposiciones propias de una situación en una jerarquía internacional. Estos, al ser situados en un entorno periférico consecuente a la geopolítica mundial, se encuentran dotados de una imposibilidad de ser llevados a cabo.
En este sentido, la crisis sanitaria se presenta tanto como hito y posible escenario de reformulación de la legislación urbana mexicana como por esquema de posibilidad de perpetuar el bucle, cuyo origen se remonta a la formación misma de la ley y cuyas únicas adecuaciones suceden hacia la capacidad de aprovechamiento de los grandes cambios estructurales que ocurren a través del marco internacional político e institucional. De lo que se habla es de proponer la generación de acciones por fuera de los discursos desarrollistas y parámetros tecnócratas de convivencialidad que abundan en la bibliografía contemporánea y que, por tanto, se abandone el carácter pasivo que sujeta el accionar del Estado nación a la espera de la configuración de las cadenas de valor mundiales (Savona, 2020).
Metodológicamente hablando, el artículo tuvo como principal estrategia la revisión de fuentes que refieren a las modificaciones legislativas mexicanas en materia urbana como hito. Estos entendidos como cambios “necesarios” a la legislación ante la imposición de esquemas paradigmáticos de las formas de producción y reproducción en las sociedades posindustrializadas y que, por lo general, son consecuencia de nuevas perspectivas de desarrollo/modernización —pactos multilaterales cuyo origen se remontan a las necesidades del norte global.
Por otro lado, se analizaron fuentes diversas, tales como planes gubernamentales, notas de prensa y material divulgativo que refiere a los cambios estructurales requeridos para llevar a cabo una vida cotidiana de bioseguridad. Se entiende que los cambios póstumos a este evento de crisis sanitaria traen consigo la imposición de la clínica y la salud pública como criterio adicional al diseño y planeación urbana (Sevilla Villalobos & Colmenares López, 2021).
Por último, mencionar que el artículo se divide en tres apartados. El primero de ellos se enfoca en la pandemia por motivos del SARS-CoV-2 como fundacional de nuevas necesidades humanas y, por tanto, promotora de nuevos paradigmas constitutivos de lo urbano. Se entiende que son estos cambios los que, en un proceso gradual de institucionalización, intervienen en las adecuaciones legislativas de los estados nacionales, principalmente aquellos que refieren a lo urbano y, sobre todo, que en el dictamen de estas necesidades surgen nuevas agendas de compatibilidad al momento histórico vivido: la sustentabilidad e inclusión.
El segundo apartado refiere a los principales cambios ocurridos en la legislación urbana mexicana a lo largo de su historia y se destaca la relación entre ellos y los paradigmas de desarrollo sucedidos en el norte global, cuya implementación ha conllevado una imposición de ideologías progresistas carentes de contexto espacial. Este suceso, a medida que es replicado en las diversas adecuaciones destacadas para el Estado nación mexicano, lleva a determinarle como acto de replicabilidad constante que, en los parámetros de la poscrisis sanitaria, encuentra una nueva probabilidad de suscitarse.
A manera de reflexión, el texto concluye en su tercer apartado con una serie de consideraciones sobre las adecuaciones legales llevadas para garantizar la sana convivencia. Esto abre un debate entre la probabilidad de crear una inercia disruptiva del bucle histórico descrito o, en su defecto, el mantenerse fiel a ello como proyecto de larga duración.
LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19 COMO PROMOTORA DE PARADIGMAS URBANOS
A partir de que en el año 2019 se anunciara el brote del virus SARS-CoV-2 y sus características como elemento de desafío a la salud pública mundial, múltiples expresiones desde la academia y la filosofía han surgido con respecto a las nuevas necesidades para garantizar una convivencia pública libre de riesgos de contagio o sanitarios en las ciudades. Ello, en el entendido de que estas seguirán siendo centro de las dinámicas de producción y entornos de concentración demográfica y cuya perpetuidad, por tanto, es lo principal de cualquier acción para la prevalencia del modelo de producción capitalista vigente.
Más allá de las discusiones sobre las repercusiones individuales causadas por el mencionado virus y que, por lo general, se enfrascan en la ciencia clínica, han existido avances con respecto a las condiciones que la estructura urbana debe mantener (Filigrana et al., 2020). Esto enfrascado en un debate general relacionado a los propósitos que el desarrollo debe buscar y las estrategias que deben de emerger a partir de su concepción. Al respecto, ONU-Habitat (2021) ha determinado como urbanización del futuro a aquella que consolide la búsqueda por volverle más justa, verde y saludable —more just, green and healthy—, todo ello a través de cambios estructurales que permitan a los Estados nación llegar a ello.
Sin ánimo de involucrarse en discusiones más profundas, el pronunciamiento de la institución es importante por la influencia global o regional que este tipo de expresiones tiene hacia la planificación de los estados; además, porque esta postura no es representativa de una reivindicación alternativa de los esquemas de producción urbana, toda vez que, independientemente del mecanismo de actuación distinto que pudiera representar el paradigma en turno, la modernización o el fomento a la constitución de mecanismos para la inversión en capital fijo, en entornos estratégicos de las ciudades, surgen como el principal fin (Harvey, 2012).
Un breve análisis de la sociedad occidental, por lo menos en el último siglo, lleva a determinar una relación estrecha entre procesos globales de recesión o estancamiento del capital y la reinvención estructural de los Estados nación (Harvey, 2012; Soja, 2008). Esto nos lleva a plantear que, en la actualidad, independientemente del grado de persistencia del ya mencionado virus, los cambios paradigmáticos en las acciones para llegar a las mejores condiciones en la ciudad surgen de la necesidad de sostener los niveles de producción antes que de una satisfacción individual de dicha necesidad de bioseguridad (véase la Figura 1), toda vez que la principal causa de la pandemia fue el freno a las actividades productivas e, inclusive, la destrucción de cadenas de valor significativas (Savona, 2020).
Como lo detalla Boccia (2020), la historia de la ciudad mantiene una estrecha relación entre su gestión y la búsqueda constante de una organización productiva. Debe entenderse que toda acción de planificación y diseño debe procurar la rentabilidad y la eficiencia acorde a la función misma de la ciudad. Para lograr ello, es necesario una constante sofisticación de las estructuras urbanas que sean simbólicas de una garantía de la misma. Las acciones paradigmáticas de enfoque desarrollista, dirigidas al cambio urbano, versan en la posibilidad de adecuar los hubs para, con ello, fomentar relaciones cotidianas propias a la nueva episteme. Como lo expresado por ONU-Habitat (2021), la institución promueve para las ciudades del futuro lo siguiente:
Al reflexionar en razón de las medidas descritas, es evidente que dicha propuesta centra su búsqueda para constituir una ciudad más justa, verde y saludable a través de los Estados nación y su capacidad de generar nuevos esquemas productivos que justifiquen la inversión en estructuras que, a la vez, garanticen su cumplimiento. No obstante, se carece siquiera de una crítica que considere la viabilidad de los cambios estructurales y el modelo modernista como ruta absoluta —y única vía de acceso— al desarrollo. De nueva cuenta, lo anterior no es nuevo en tanto se pueda aseverar que han existido, a lo largo de la historia urbana y principalmente en el sur global, adecuaciones en base a paradigmas de desarrollo y una absoluta confianza a la modernización como modelo único de aplicación que, en la actualidad, encuentran una nueva línea de acción para justificar nuevas inversiones en los esquemas de bioseguridad.
El Estado nación mexicano es un claro ejemplo de lo expuesto. Sus acciones para la perseverancia del bienestar social, en momentos en que la emergencia sanitaria mostraba los picos de contagio más alto, versaron sobre una política pública reactiva al acontecimiento y procuraron evitar el colapso del sistema de salud pública y la persistencia de las actividades económicas a partir de su esencialidad en la escala de necesidades de subsistencia humana (Secretaría de Salud, 2020b). El resultado, a mayo del 2022, fue el de un promedio de treinta muertes por COVID-19 a la semana (López-Doriga, 2022), índice pormenorizado ante el logro del “seguimiento prioritario a los choques económicos en la cadena de suministros por el lado de la oferta, flexibilizando nuestra economía y haciéndola más dinámica”, según Rogelio Ramírez de la O (Como se cita en Redacción, 2022).
La intención en este texto no es menospreciar los esfuerzos hechos por las instituciones para salvaguardar la salud pública, sino poner sobre la mesa la idea de que las adecuaciones legislativas promovidas por la ONU-Habitat, para llevar a buen puerto la construcción de ciudades mexicanas más justas, verdes y saludables, tienen como base a representaciones que mantienen como imperativo la perpetuidad de los esquemas y volúmenes de producción. De esta manera, toda institución, pública o privada, surgirá o se consolidará en la medida del crecimiento de la demanda, a razón de estos nichos estratégicos de mercado, antes que por priorizar una garantía universal y plena de dichas condiciones.
La idea anterior se relaciona con lo mencionado por Sassen (2010, 2014), en torno a la evolución del Estado nación, la autoridad y los derechos en esquemas de globalización como la actual: el derecho evoluciona de tal manera que aprovecha las capacidades latentes para constituir esquemas que favorezcan la participación de lo transnacional. Este mismo diseño tiene cobertura finita de usuarios y que, al tiempo, expulsa a aquellos que son incapaces de fungir como demanda. De acuerdo a la perspectiva de la autora, la pandemia no es sino un punto de inflexión que demostró la existencia de capitales humanos relacionados a las tecnologías de la información y a la comunicación, que son propios de explotación —el home office y las videoconferencias son el principal y más evidente ejemplo. De esta manera, la legislación estatal, en sus diversas latitudes, no haría sino determinar los mecanismos a través de los cuales será posible explotarlos.
La idea de la autora es clara y representativa en cuanto al comportamiento del sistema de salud mundial y de los comportamientos de la política para salvaguardar la salud pública en México. La infraestructura clínica fue incapaz de ofertar un servicio suficiente de atención médica, pues no se vislumbraba un mercado en enfermedades de características similares a las ocasionadas por el COVID-19 (Badiou, 2020). De tal manera, las principales estrategias que han sido llevadas a cabo para administrar las curvas estadísticas de casos de contagio y entre las que destacan la corresponsabilidad y los esquemas de sana distancia2 tuvieron como fin principal evitar el colapso de las estructuras vigentes antes que una salvaguarda total de la población.
Ejemplo de lo anterior se evidencia, de manera puntual, en el estado de Jalisco en México. Además de que la política pública enfatizaba el rescate de aquellas mipymes estratégicas en el desarrollo de la entidad, estas se concentraban en territorios que tradicionalmente han jugado un rol central en las relaciones de producción de la entidad. Particularmente, destacan dos grandes polos económicos del Estado como aquellos que tuvieron la mayor cantidad de apoyo y, por lo tanto, una mayor cantidad de inversión: los municipios de Guadalajara y Zapopan, espacios tradicionalmente centrales de la dinámica de producción y donde se concentran las mejores condiciones estructurales de la urbe (véase la Figura 2).
Dicho lo anterior, es importante considerar las adecuaciones en materia urbana que puedan surgir bajo esta lógica. Lo que se busca destacar es que, a medida que sea institucionalizada una nueva legislación urbana mexicana, a consecuencia de los discursos nacientes por la pandemia del virus SARS-CoV-2, esta se apoyará de los criterios y hábitos legitimados por la técnica y los acuerdos multilaterales para llevar a cabo una convivencia inmunorresponsable. De tal manera, se vuelve en una necesidad humana básica capaz de ser mercantilizada, mientras que las crisis virales se posicionan como eventos de alta probabilidad a replicarse en los escenarios globalizados actuales.
Hasta la fecha, son diversos los capitales propios de la emergencia sanitaria que, por lo pronto, han demostrado una practicidad y eficiencia en su aplicación para las dinámicas de producción y reproducción capitalista. El comercio, la administración y la educación digital son ejemplos que, en lo inmediato, logran relucir; no obstante, es de reconocer que la pandemia por el virus SARS-CoV-2 es apenas un fenómeno en curso y, a medida que se reconfiguren los esquemas regionales de producción y nuevas inercias en las cadenas de valor (Savona, 2020), no se podría asegurar cuáles son aquellas capacidades propias de fungir como potencialidad territorial.
No obstante lo anterior, lo que sí es posible aseverar, dada la forma como han actuado los mecanismos estatales de rescate económico internacional, así como las adecuaciones reaccionarias del sector privado e, inclusive, el comportamiento del virus SARS-CoV-2 con respecto a su esquema de esparcimiento, es que los entornos urbanos son aquellos propensos a requerir las mayores adecuaciones para su subsistencia futura. En primer lugar, porque las acciones estatales requieren la protección de las actividades económicas centrales, las mismas que se presentan como simbólicas de los corazones urbanos; y, en segundo lugar, porque la producción terciaria encontró en la omnipresencia, en la virtualidad y en las plataformas digitales nuevos esquemas de ganancia, situación que el sector primario e industrial3 se ven imposibilitados de lograr (véase la Figura 3).
En un tercer punto, es importante destacar que la misma densidad urbana conlleva una mayor probabilidad de contagio, lo que implica que los principales esfuerzos de constitución de ciudades del futuro se centren en estos entornos. Por último, se puede hablar del informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD, 2020) llamado “Desarrollo Humano y COVID-19 en México: desafíos para una recuperación sostenible”. En este documento se reconoce a las comunidades rurales como aquellas que han recibido el mayor impacto a consecuencia de la crisis sanitaria y no se toma como base el número de contagios ocurridos, sino el agravio de las condiciones económicas, educativas y de higiene a consecuencia de la contracción productiva, principalmente.
La institución recomienda centrarse en una serie de estrategias a través de las cuales sea posible contribuir a la recuperación resiliente e integral de las comunidades (PNUD, 2020). A pesar de la necesidad latente de contribución en estos esquemas, dichas recomendaciones invisibilizan o niegan el hecho de que existen dependencias espaciales aptas para garantizar una capacidad de lograr esta recuperación, de forma que, para llegar a lo integral en dichas comunidades, será necesario la estabilidad de estos centros urbanos, pues ellos son quienes tienen la capacidad de dar certeza a estos esquemas de apoyo. En ese sentido, lo urbano se vuelve a posicionar como central.
De esta forma, es innegable que todo cambio legislativo se centra en la capacidad de las ciudades de crear entornos de armonía a través de sus actividades de producción y reproducción latentes. La evolución de la pandemia, como acontecimiento de emergencia de nuevas necesidades humanas, conlleva a la determinación de nuevas estrategias para llegar al anhelado desarrollo a través de nuevas acciones dentro de los escenarios urbanos y, a partir de ello, recrear mosaicos de condiciones similares en espacios dependientes de ellos.
LA LEGISLACIÓN URBANA MEXICANA: UN BUCLE DE CAMBIOS ESTRUCTURALES DESARROLLISTAS
Más allá de una revisión puntual en la legislación urbana que pueda llevar a estrategias precisas con respecto a los cambios estructurales para la vida más justa, verde y saludable, este apartado tiene la finalidad de encontrar, en la legislación urbana mexicana, un instrumento estatal que por sus características propias, por la posición del Estado mexicano en los esquemas geopolíticos e, inclusive, por los capitales latentes en sus elementos sociales se presenta como bucle histórico de representaciones legales. En ellos, la principal característica es la de encontrarse dotados de ideologías progresistas e innovadoras pero, a la vez, enajenadas del contexto espacial en el que se desenvuelven.
Para ello, resulta importante destacar dos de los principales logros que autores como García López (2009) o López Velarde Vega (2018) destacan como hitos de la legislación urbana al ser incorporados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. El primero de ellos es el otorgamiento de la autonomía territorial a las entidades municipales por encima de las estatales y federales —subyugados estos a la normativa de los niveles antes mencionados—, y el otro se refiere a la capacidad de privatización de la propiedad ejidal4. Evidentemente, por su capacidad de influencia territorial, estas modificaciones en lo legal han tenido incidencia directa sobre la morfología urbana, al considerar que los municipios son elementos finitos en los que sus características físicas juegan un rol importante en sus dinámicas de competitividad y estrategias para el desarrollo.
Pese a la influencia reconocida en los anteriores cambios, las modificaciones paradigmáticas versan en los elementos legales auxiliares a estas pautas generales, de manera que ellos se presentan como entidades cambiantes al paso de los años, de las administraciones en curso en sus diversas escalas de gobierno y, sobre todo, de los avances tecnológicos e ideológicos sobre los que se encuentran posicionados. A pesar de que los cambios mencionados en la Constitución tienen injerencia sobre el territorio, son las estrategias de la gestión pública aquellas que determinan la forma e intensidad en que los contextos urbanos son modificados.
El más claro ejemplo de ello lo demuestra Martínez Vilchis (2009) al evaluar a la nueva gestión pública, paradigma de finales e inicios del nuevo milenio, a través de la cual presuntamente sería posible llevar a cabo las estrategias de desarrollo bajo el principio de eficiencia. El autor considera que, aunque esta corriente ha permeado en los gobiernos locales, las condiciones estructurales que van desde los recursos económicos a disposición, el avance tecnológico y las capacidades latentes en sus funcionarios públicos no otorgan credenciales para llevar a cabo dichas adecuaciones. Existe, en este sentido, un primer esfuerzo por sofisticar las instituciones antes de llevar a cabo las estrategias de desarrollo in situ.
La situación se ha puesto tan alarmante de considerar que el propio modelo de nueva gestión pública se ha vuelto obsoleto sin siquiera garantizar su aplicabilidad plena en el contexto nacional, lo que reconoce la diversidad territorial que existe a lo largo del Estado nación mexicano y que, en esta condición, una multiplicidad de retos concurren para garantizar la ya mencionada cobertura plena. Como se puede contrastar a partir del texto de Innerarity (2006), inclusive al momento de la aplicación más exhaustiva de los principios de la nueva gestión pública en territorios estratégicos para el desarrollo nacional, ya se hablaba de la ineficiencia de este y de la alternancia de modelos que en teoría, representarían un mayor grado de desarrollo como lo es la gobernanza.
De seguir con las ideas de los autores, los proyectos urbanos y los cambios a las legislaciones se presentan como paradójicos. Ello tiene una vinculación directa con la posición del Estado nación mexicano en los esquemas del sistema-mundo: ideas desarrollistas de última generación integradas en las normativas estatales que no son sino voluntad del denominado norte global a cumplir por parte de los entornos subdesarrollados (Vargas Hernández, 2005); criterios comprobados de desarrollo que son implementados en entornos que garantizan por sí mismos su posición de pivote global y que, de aplicarse en sitios de rezago, determinan como principales retos el llegar a emular las condiciones materiales que garanticen la aplicación plena del modelo.
En este sentido, se trata de convertir el mito del desarrollo en una idea utópica, capaz de mutar a la par de la evolución social y a través de la cual sería posible garantizar el modelo económico capitalista como uno que fomente la inversión constante (véase la Figura 4). Esto a través de procesos de reestructuración urbana que partan de la destrucción creativa shumpeteriana basada en los avances técnicos de última generación (Harvey, 2012). La legislación urbana mexicana es juez y parte de lo anteriormente mencionado, toda vez que el Estado nación tiene una larga tradición en la ejecución de estrategias con respecto a estos entornos de la ciudad.
Para tal deducción, basta con analizar la revisión histórica de las leyes, en materia de lo urbano, y las acciones provenientes de lo que expone Rabell García (2019). Para el autor, la incompatibilidad entre las ideas plasmadas en las leyes y la aplicación de estas radica en la “ideología del Gobierno para tener mayor modernidad” (Rabell García, 2019, p. 116), surgida en la época del porfiriato y de la emergencia de las metrópolis en la nación. De acuerdo con lo expuesto, es este momento cuando el urbanismo y la planeación se posicionan como representativos de la competitividad, además de la especulación del uso y del destino del suelo, una imposición que perpetúa hasta los cambios estructurales de la actualidad.
Además del parteaguas determinado por el porfiriato, los textos dedicados a la revisión de la legislación urbana coinciden en destacar tres momentos como significativos de la morfología en las ciudades mexicanas. El primero de ellos se sitúa en la segunda mitad del siglo xx y considera la creación de legislación, reglamentos e instituciones que dieron forma a la gestión pública urbana a través de un modelo tradicional, cuya influencia mantenía el estado de bienestar (considerando el auge y caída latinoamericana a través del modelo de sustitución de importaciones). En segundo lugar, se habla, en el final de siglo xx y comienzos del xxi, de la nueva gestión pública, como expresión de los esquemas neoliberales o de competitividad mundial y esquemas de productividad estratégica. Por último, la gobernanza, modelo de aplicación exhaustivo en el sur global que presume de aprovechar la debilidad estatal y capacidades territoriales para su consolidación (Khan, 2005). Esta visión permanece vigente e, inclusive, persiste en las estrategias de la ONU-Habitat (2021) como ciudades ideales de la era pospandemia.
Lo que se busca destacar aquí es que, a través de la revisión de estos tres cambios paradigmáticos de la gestión urbana, es posible identificar el modelo de actuación del discurso desarrollista-económico en la creación de leyes, reglamentos y planes en los tres niveles de gobierno existentes en el Estado mexicano. Ante la llegada de una crisis, sea esta de índole económica o puramente urbana, surgen nuevos esquemas que tienden a criticar el modelo anterior —es importante aclarar que surgió como la supuesta panacea de la crisis urbana en cuestión—. A la par, dicho cuestionamiento propone nuevas medidas para la obtención de un desarrollo “real”, el mismo que a medida que se vuelve incapaz de ofrecer los resultados prometidos es desplazado por un nuevo modelo, más “real” y consciente de la problemática territorial.
Más allá del sentido pesimista inherente a esta idea de desarrollo urbano, lo relevante de ello surge de posicionar las ideas de Sassen (2010) plasmadas con anterioridad: lo alarmante de los cambios históricos en la legislación urbana mexicana no es su representación como modelo que parte de su sabida incapacidad de ser aplicada, mucho menos de que su génesis implique un esquema de incompatibilidad constante entre lo federal, estatal y local (Rabell García, 2019), sino que, en tanto se vuelve expresión tangible de los mecanismos económicos, se desenvuelve a sabiendas de que existirán “residuos” urbano-demográficos incapaces de atender. De esta manera, acepta convivir con escenarios extensos, conflictivos y con una aplicación dispar de las leyes antes mencionadas.
En este planteamiento, la gobernanza, modelo que se ha mencionado como el vigente y el de fomento al desarrollo latinoamericano, es posiblemente la posición más cínica con respecto a su autoreconocimiento como modelo consecuente de cambios estructurales que han acrecentado las desigualdades urbanas. Ello, debido a que, al mismo tiempo que reconoce que los estados en sus diversas escalas carecen de condiciones estructurales para llevar a cabo una correcta gestión pública —en cualquiera de sus modalidades—, responsabiliza a los actores de realizar elecciones adecuadas de desarrollo en las unidades territoriales en las que se desenvuelven. El acabose sucede cuando, además de todo, se reconoce que las capacidades territoriales son limitantes de los correctos procesos de gobernanza (Innerarity, 2006), condición que ante el rezago en cuanto a los capitales de competitividad característicos del sur global y el Estado mexicano en particular, pareciera llevarles a su asunción como elementos periféricos definitivos.
Dicho lo anterior, cabría plantearse los cambios a la legislación urbana que podrían ocurrir a consecuencia de un nuevo paradigma con énfasis en lo más justo, verde y saludable. Ya no como un discurso espacializado, sino como una narrativa intencionada en el que la dinámica económica, la posición histórica y política y , sobre todo, la diferencia espacial existente per se, juegan un papel trascendental para su implementación plena.
CONCLUSIONES. ALGUNAS CONSIDERACIONES PARA LA LEGISLACIÓN URBANA POSCRISIS SANITARIA
A lo largo de este texto se ha buscado evidenciar las capacidades territoriales que, por lo general, son tratadas de manera indistinta en los ejercicios de gestión pública urbana. Estas son parte de un proceso invisibilizado en el diseño de leyes y políticas públicas mexicanas que, al mismo tiempo, intervienen en la poca o nula eficiencia de estas, y que, aunque este proceso es reconocido como una debilidad de manera constante en diversos textos y evaluaciones, elaborados por instituciones a diversas escalas, persiste como consideración carente en dichas adecuaciones.
De manera paralela a la incompatibilidad entre la legislación federal, la estatal y la municipal, en toda la historia urbana mexicana se ha carecido de una visión territorial en el diseño de leyes y cambios estructurales realizados. Esto debido a que dichas modificaciones a la ley no son sino esquemas desarrollistas provenientes del norte global, criterios técnicos cuya eficiencia se ha demostrado en condiciones distintas y, sobre todo, incapaces de ser emuladas dadas las capacidades territoriales persistentes en entornos tan diversos como los del contexto nacional y que, típico de la región latinoamericana a la que se pertenece, se caracterizan por ser entornos urbanos extensos, descontrolados y sin propósitos en común bien definidos.
Esta condición posiciona de facto a las entidades como espacios de rezago y las condiciona en una carrera de modernización contra la caducidad misma del modelo. Ello les lleva a conformar sus espacios urbanos como entornos de extractos de suelo característicos de políticas públicas diversas y sin vinculación alguna, en tanto lo diverso se ha posicionado como la negación de lo anterior, como la anteposición de lo demostrado como ineficiente; es decir, es el aceptar y comprender que la legislación urbana mexicana es efectuada a través de un bucle de cambios estructurales con base en el discurso del desarrollo en turno, aquello que podría convertir un evento paradigmático, como la crisis sanitaria, en una alternativa para la creación de leyes con verdaderas miras al desarrollo humano o, por lo menos, con un enfoque que prioriza a lo local.
Y es que, como se ha evidenciado a lo largo del texto, la crisis sanitaria por motivo del COVID-19 trae consigo una reconversión del discurso económico que se comienza a reflejar a través de la prospectiva ciudad más justa, verde y saludable. Ello, por un lado, evidencia que, al mismo tiempo que punto de inflexión, el discurso no se limita a la determinación de parámetros para llegar a la inmunidad en la ciudad, sino a las necesidades de adecuación de las estrategias estatales, a unas que dentro de sí incorporan valores mayores como la sustentabilidad o la inclusión, principios que parecen erigirse como las principales rutas de mercantilización en las sociedades del futuro (Sevilla Villalobos & Colmenares López, 2021).
Las estrategias para las ciudades del futuro están emergiendo desde las grandes escalas, incluso se puede decir que, al perpetuar la necesidad de modernización y desarrollo a través de ello, la división entre el norte y el sur global permanecerá bajo las mismas condiciones. La posibilidad de salir del bucle se encuentra, no obstante, en la movilidad geopolítica internacional por demás novedosa en los momentos de ocurrencia de la crisis sanitaria y que permite realizar cambios estructurales fuera de las lógicas de las instituciones del norte global o, por lo menos, algo distinto de lo habitual.
No obstante, y siguiendo a la secuencia histórica expuesta para los hitos legales en el contexto mexicano, pareciera que la probabilidad de ajustes a la legislación que sean posteriores a la emergencia sanitaria mantendrá como supuesto a la modernización como esquema absoluto del desarrollo, con la única diferencia que integrará en él nuevos paradigmas, criterios técnicos y conceptos en tendencia que justificarán nuevas inversiones y formas de habitar en la ciudad.
Aunque mucho se discute sobre las dimensiones residenciales mínimas en los contextos de sana convivencia, es de considerar que los cambios de afectación a los entornos urbanos van más allá de la lógica de construcción inmobiliaria. Por lo menos en los primeros dos años de crisis sanitaria, surgen como relevantes los cuestionamientos acerca de cuáles serán las capacidades territoriales propias a explotar en la nueva globalidad con pivote en Oriente: cuál será la cobertura digital plena que permita desenvolverse en los esquemas productivos de relativa omnipresencia, cuál será el nuevo papel de los espacios públicos en un momento en el que lo público se ha vuelto símbolo de contagio y, sobre todo, cuál será la ética con respecto a la vigilancia y monitoreo constante de los dispositivos móviles en aras de garantizar una certidumbre en la ciudad.
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1 Debe entenderse este término en relación a lo descrito por Morin (2001) con respecto a su perspectiva del pensamiento complejo. El bucle es una entidad de orden y representación de la realidad que se alimenta a sí misma para su sofisticación, de manera que “cuando más se desarrollan la organización y el orden, más complejos se vuelven, más toleran, utilizan, incluso necesitan del desorden” (Morin, 2001, p. 75). Para este texto, la legislación urbana es esa entidad y el bucle se presenta en tanto que más allá de su sofisticación, sus condicionamientos llevan a la generación de problemáticas que ella misma trata de subsanar.
2 La sana distancia refiere a una serie de medidas y parámetros mínimos de distancia entre individuos que son aplicados en diversos entornos de la vida diaria y que ha sido difundida por el Gobierno de México y los diversos gobiernos locales en el país (Secretaría de Salud, 2020a).
3 En este punto no se hace referencia a la posibilidad de usar las tecnologías como mecanismos de eficiencia industrial, como lo detalla Srnicek (2018), sino a la incapacidad de la actividad industrial de poder ser efectuada desde un esquema no presencial, situación que el sector terciario se ha encargado de explorar en diversas modalidades.
4 De manera aclaratoria, se le puede mencionar como una propiedad de suelo de uso rural, común, y que tiene la posibilidad de privatizarse a través de la aplicación de diversos mecanismos.