La responsabilidad social como imperativo en la Constitución económica peruana

  • María Elena Guerra-Cerrón Universidad de Lima
Palabras clave: Constitución Política, actividad económica, economía social de mercado, Constitución económica, responsabilidad social

Resumen

El deber de realizar las actividades económicas con responsabilidad social en el Perú se establece en la Constitución económica, y no solo comprende a las actividades del poder privado, sino también a las del poder público en el marco de la llamada economía social de mercado. Por tanto, es incomprensible que este deber se considere como una facultad y se deje su cumplimiento a la libre voluntad. En este artículo se explicará que la responsabilidad social es un componente esencial del régimen económico nacional y, por ende, se encuentra prevista de manera implícita en la Constitución Política del Perú. La denominación apropiada y omnicomprensiva debería ser economía de mercado con responsabilidad social, de tal modo que la responsabilidad social pase de verse como una facultad a aceptarse como un imperativo constitucional de obligatorio cumplimiento.

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Biografía del autor/a

María Elena Guerra-Cerrón, Universidad de Lima

Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Derecho Empresarial por la
Universidad de Lima. Doctora en Derecho y Ciencia Política por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Estudios de especialización en Contratación Moderna y Responsabilidad Civil en las Universidades de Castilla-La Mancha y Salamanca en España. Docente en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en pregrado y posgrado, y en la Universidad de Lima. Miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal y del Instituto Peruano de Derecho Mercantil. Estudios de maestría en Derecho Procesal Constitucional, Universidad Lomas de Zamora, Buenos Aires. Fue juez civil de la Corte Superior de Justicia de Lima. Fiscal superior civil del DF Callao.

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Publicado
2021-07-21
Cómo citar
Guerra-Cerrón, M. E. (2021). La responsabilidad social como imperativo en la Constitución económica peruana. Ius Et Praxis, 52(052), 131-145. https://doi.org/10.26439/iusetpraxis2021.n052.5065
Sección
Artículos